COMUNICADO
Quererla es Crearla, un movimiento social que hace converger las evidencias científicas internacionales con la investigación y el activismo ciudadano, valora negativamente el Borrador de Decreto por el que se regula la atención a la diversidad y la organización de la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Canarias
- El documento parte, adecuadamente, desde la consideración del derecho fundamental a la educación como derecho a la educación inclusiva.
- Sin embargo, su articulado contradice este pilar, sostenido en textos legales de mayor rango: la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, la LOMLOE y la LODE.
- El texto no se sustenta en las evidencias científicas internacionales acerca de la educación inclusiva, dando por hecha la necesidad de la segregación para atender a la diversidad del alumnado.
- Por todo ello se solicita la transformación del borrador para hacerlo acorde a la educación inclusiva como derecho de todo el alumnado a convivir y aprender en las diferencias.
16 de mayo de 2025.- Investigadores/as académicos, profesionales de la orientación escolar, docentes y familias del movimiento social Quererla es Crearla han desarrollado un análisis del borrador de decreto presentado por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, que pretende sustituir el decreto de 2018. Dicho análisis reconoce el esfuerzo en la elaboración de un preámbulo fundamentado en la inclusión no sólo como principio del sistema educativo sino como un derecho fundamental de las personas, pero valora negativamente el articulado, donde se establecen normas que perpetúan los defectos del enfoque médico obstaculizando el camino a la educación inclusiva.
El documento parte de la lógica de la identificación de necesidades educativas del alumnado, en lugar de centrarse en las barreras a la presencia, el aprendizaje y la participación, tal como apuntan las investigaciones científicas, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ratificada por España en 2008) y la UNESCO. El enfoque en la detección de las necesidades del alumnado supone el cuestionamiento de los niños y las niñas, en lugar de desarrollar propuestas que permitan analizar las concepciones educativas, relaciones, metodologías didácticas, propuestas organizativas, políticas, materiales, agrupamientos, etc. que impiden que ciertos niños y niñas puedan aprender y sentirse parte de la comunidad del aula ordinaria.
El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas ha dejado negro sobre blanco que nuestro sistema educativo viola “grave y sistemáticamente” los derechos de algunas personas: “En la práctica, el sistema se centra en los déficits y las deficiencias del alumno, y resulta en la estigmatización del alumno como no educable en el sistema de educación general. En vez de explorar todas las posibilidades de inclusión del alumno, los diagnósticos impiden que los centros educativos ordinarios proporcionen medidas de apoyo y ajustes razonables.” (ONU, 2017, p.10)
En este sentido, hay que destacar que la Comunidad Autónoma de Canarias destaca en sus últimos años por la ampliación de su red de centros de Educación Especial y por haber propiciado un enorme aumento de unidades de educación especial en centros ordinarios (llamadas Aulas Enclave en Canarias). Teniendo en cuenta que la LOMLOE estableció en su Disposición adicional cuarta:
“El Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2.e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad”.
Esto implica el avance en la dotación de la educación ordinaria para hacer converger los dos sistemas paralelos actuales. Sin embargo, la Comunidad Educativa Canaria, desde la aprobación de la LOMLOE no solo no ha reducido la segregación del alumnado, sino que en tres cursos ha creado un nuevo centro de educación especial y 100 nuevas aulas de educación especial, con el segundo mayor crecimiento de todo el estado en relación con el número de alumnado. 1 Estas políticas, que se refuerzan con el borrador de decreto, van contra el ODS 4, las directrices de la UNESCO, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la LOMLOE y la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) que en su artículo 6.3.e incorpora entre los derechos básicos del alumnado el derecho “a una educación inclusiva y de calidad”. Puede parecer una obviedad, pero es necesario decir que la educación segregada no puede ser inclusiva.
En la práctica, esta situación está llevando a una enorme indefensión de muchas familias, que ven cómo se vulnera el derecho a la educación inclusiva de sus hijos e hijas sin poder hacer otra cosa que acudir a los tribunales para denunciar a la administración que debe ser garante del mismo. La segregación en la Comunidad Canaria comienza en Educación Infantil. Todo ello será informado al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para su seguimiento a la Investigación sobre España, que en su último informe fue taxativo:
“Preocupa al Comité […] la permanencia en el tiempo de la educación especial segregadora, ya sea en escuelas especiales o en aulas especiales (unidades o aulas específicas) en centros ordinarios.”
Además de las directrices citadas en el ordenamiento jurídico superior que ha de tener en cuenta la legislación autonómica, las evidencias científicas internacionales desde hace más de medio siglo son muy consistentes y van en aumento, sosteniendo los beneficios de la educación inclusiva frente a la educación en ambientes segregados. Hemos desarrollado ampliamente este
punto en https://tinyurl.com/yqvhnblv
Avanzar en este sentido requiere que el borrador de decreto deje de alimentar las modalidades de escolarización excluyentes. Esto significa que tiene que impedir que en adelante ningún niño o niña sea derivado a centros o aulas específicas, con lo que se comienza un proceso de adecuación de políticas, culturas y prácticas para hacer efectiva la educación inclusiva en el plazo que
establece la LOMLOE. Por otra parte, hay que facilitar que quienes no estén escolarizados en aula ordinaria puedan retornar a ella si así lo desean.
También se requiere una transformación profunda de las evaluaciones psicopedagógicas. Podrán encontrar un modelo alternativo próximamente publicado por la Editorial Octaedro, que las convierte en una herramienta que promueve la educación inclusiva. Ha de revisar el sentido, función e idoneidad de las Adaptaciones curriculares. Es la adecuación del sistema escolar en su conjunto, del centro en particular y de cada clase la que debe ser transformada. Es la cultura, política y prácticas las que tienen que ser revisadas para poder dejar de hacer diferenciaciones dicotómicas que excluyen. En cualquier caso, el concurso de adaptaciones curriculares no puede limitar la posibilidad de obtener la titulación correspondiente en la educación obligatoria.
El borrador debe desvincular la evaluación psicopedagógica de la provisión de recursos. Los niños y niñas no pueden ser instrumentalizados para obtener recursos. Etiquetar para atender a las necesidades es una contradicción. Toda población tiene un porcentaje de alumnado en situación de discapacidad, y este tiene que estar distribuido por todos los centros, por lo que todo centro ha de disponer de los recursos necesarios.
Avanzar en educación inclusiva requiere cortar las derivaciones a modalidades segregadas, y centrarse en la flexibilización del curriculum, la revisión de la propuesta didáctica, la transformación de los procesos de enseñanza-aprendizaje, y la diversificación de las propuestas de evaluación. Para ello hay que apoyar a los centros para que desarrollen procesos de reflexión e investigación en la acción, contando con la participación activa de las familias y el alumnado, abriendo la escuela a la comunidad más allá de los muros del centro. Esto es lo que la evidencia científica internacional viene mostrando como actuaciones de éxito para promover la educación inclusiva, lo que implica que las propuestas formativas tienen que fomentar los procesos de InvestigaciónAcción colaborativas y participativas de las comunidades escolares y del profesorado en particular.
Por todo ello, solicitamos la transformación del borrador para hacerlo acorde a la educación inclusiva como derecho de todo el alumnado a convivir y aprender en las diferencias. Solo la escuela realmente inclusiva, en la que no se separa al alumnado en aulas ni centros especiales, tiene el potencial de construir una sociedad más equitativa, que desafía las formas actuales de exclusión, y donde se valora la diversidad humana en todas sus formas.
